Publicada el 28 de enero de 2026 / actualizada el 28 de enero de 2026
Dirigida a:
(Por favor, no solicite acceso de edición a los documentos; los anexos deben descargarse, diligenciarse e incluirse en la postulación a través del Sistema de Información Hermes)
1. Dependencias responsables
Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios - Vicerrectoría de Investigación[1].
2. Presentación
La Convocatoria nacional para el fortalecimiento de alianzas estratégicas interdisciplinarias e interinstitucionales de la Universidad Nacional de Colombia 2025–2027, se encuentra enmarcada por el Plan Global de Desarrollo 2025-2027 de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL) “Por una Universidad pública y nacional que garantice el acceso al bien común del conocimiento y el derecho fundamental a la adecuación superior”, en el eje 4 “Líneas integradas de trabajo académico con proyección nacional e internacional” y la acción programática “Formular, gestionar y desarrollar convocatorias de apoyo a programas y proyectos de investigación, creación y extensión, así como alianzas interdisciplinarias e interinstitucionales para responder a las necesidades territoriales y nacionales, en el marco de las políticas públicas de educación superior y de apropiación social del conocimiento”, y a través del Plan de Acción de la Vicerrectoría de Investigación con el Proyecto de Inversión 707-10-71 «Fortalecimiento del Sistema de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia - SIUN para la generación de conocimiento con impacto en los territorios» a cargo de la Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios.
Por medio de la presente convocatoria, se propone la conformación de alianzas entre actores del SIUN de la Universidad que reflejan un trabajo colaborativo intersedes y el intercambio de conocimientos y saberes de diversas áreas, contribuyendo a la búsqueda de soluciones a las necesidades y problemáticas regionales, nacionales o globales. Este mecanismo se ha mantenido desde el periodo 2019–2021 y continuó para el periodo 2022–2024, a través de convocatorias trienales con aportes fijos provenientes del Fondo de Investigación del Nivel Nacional, con la finalidad de fortalecer las capacidades de investigación, creación artística e innovación de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL).
Adicionalmente, se busca fortalecer la cultura de la investigación y la creación en la Universidad en cada una de las nueve sedes a nivel nacional, para la generación de conocimiento interdisciplinario e interinstitucionales y de nuevos enfoques que afronten los retos y problemáticas de investigación del país, con miras al bien común y al reconocimiento y la visibilidad nacional e internacional de la UNAL.
3. Objetivo
La Convocatoria nacional para el fortalecimiento de alianzas estratégicas interdisciplinarias e interinstitucionales de la Universidad Nacional de Colombia 2025–2027 tiene como objetivo fortalecer las capacidades de investigación, creación artística, innovación y extensión de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL), mediante la conformación de alianzas entre los actores del SIUN en sus diversas conformaciones institucionales. Estas alianzas deben reflejar la colaboración intersedes e interinstitucionales y el intercambio de conocimientos y saberes entre áreas del conocimiento, contribuyendo a la búsqueda de soluciones para necesidades territoriales, nacionales y globales.
3. Dirigida a
Actores fundamentales y principales del SIUN en virtud del Acuerdo 014 de 2006 del Consejo Superior Universitario la UNAL.
4. Enfoque conceptual
Las propuestas de alianzas interdisciplinarias e interinstitucionales deberán estar enmarcadas y articuladas en las líneas que se trabajen de acuerdo con la especificidad territorial y garantizando la pertinencia local de la inversión.
5. Información financiera
a. Presupuesto disponible para la convocatoria:
El Proyecto «Fortalecimiento del Sistema de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia - SIUN para la generación de conocimiento con impacto en los territorios» tiene disponible para esta convocatoria hasta $ 4 000 000 000, provenientes del Fondo de Investigación del Nivel Nacional.
Notas:
● El aporte del nivel nacional para las propuestas ganadoras de las sedes andinas (Bogotá, Medellín, Manizales y Palmira) equivaldrá al 70% del apoyo disponible para esta convocatoria; el 30% del recurso restante deberá ser asumido por una o varias instancias de la Universidad Nacional de los niveles sede y facultad que hagan parte de la alianza.
● El aporte de nivel nacional para la sede De La Paz, las sedes de presencia nacional (SPN) y los institutos interfacultades, será del 100% para las propuestas ganadoras. Estas sedes o institutos aportarán recursos propios solo si cuentan con disponibilidad presupuestal.
● La ejecución de los recursos se hará a través de UGIs del nivel sede, facultad o instituto a la cual se encuentren adscritos los (las) docentes responsables de cada solicitud.
● La ejecución y la legalización presupuestal se llevarán a cabo de acuerdo con las disposiciones y la normativa vigente de la Universidad y de las instancias ejecutoras de cada sede involucradas en el proceso.
● El apoyo otorgado para cada alianza deberá incluir el aporte del 4x1000 y otras retenciones a que haya lugar.
b. Valor por financiar
El monto financiable por proyecto será de hasta $ 200 000 000
c. Duración de las propuestas de alianza
● Duración permitida para la ejecución técnica y financiera: hasta 18 meses.
● Plazo adicional para la entrega de productos e informe final de la propuesta: hasta 2 meses después de finalizada la ejecución técnica y financiera de la propuesta.
● Prórroga permitida: Las prórrogas para la finalización de los proyectos no podrán ser superiores a seis (6) meses y deberán solicitarse antes de la fecha de finalización establecida en el acta de inicio.
d. Gastos por financiar
Para el desarrollo de los proyectos, se habilitarán todos los rubros registrados en el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) de la Universidad Nacional de Colombia. Se debe asegurar que cada gasto esté debidamente clasificado en los RUBROS SUBORDINALES DEL CCP y que corresponda con el objetivo y desarrollo de la propuesta.
En caso de dudas sobre la clasificación de un gasto específico, se consultará al área de presupuesto que corresponda para su debida asignación.
A continuación, se relacionan los gastos permitidos que se financiarán a través de esta convocatoria:
DESCRIPCIÓN DE LOS GASTOS PERMITIDOS
Remuneración de servicios técnicos: Contratación de personas jurídicas o naturales para que presten servicios calificados, profesionales o técnicos. Incluye el pago de servicios técnicos de los laboratorios externos a la Universidad.
Estímulo a estudiantes: vinculación de estudiantes de pregrado o posgrado de la Universidad Nacional que se vinculen para desarrollar actividades del proyecto.
Viáticos y gastos de viaje: Está autorizado el pago de tiquetes aéreos y gastos de viaje de docentes y estudiantes de la UNAL que realicen salidas de campo, recolección de información o adelantar labores pertinentes para el cumplimiento de actividades asignadas al desarrollo del proyecto, así como para reuniones que requieran la alianza para presentación de resultados en eventos, pasantías de investigación, entre otros.
Transporte: Gastos relacionados con el transporte intermunicipal, férreo, marítimo fluvial y de tracción animal en cumplimiento de actividades asignadas al desarrollo del proyecto, diferentes a los gastos de transporte imputados al rubro de viáticos y gastos de viaje.
Materiales, suministros, elementos, insumos o documentación que se requieran para el desarrollo del proyecto: Adquisición de bienes tangibles e intangibles, de consumo final que no son objeto de inventario o de devolución final.
Apoyo logístico: Gastos relacionados con la atención de reuniones requeridas para el desarrollo de las actividades propuestas por la alianza.
Impresos y publicaciones: Gastos para la publicación de resultados del proyecto (artículos en revistas indexadas nacionales e internacionales, libros, obras de creación artística, publicaciones electrónicas, etc.)
Compra de material bibliográfico: Gastos para la adquisición de material bibliográfico que se requiera para el desarrollo del proyecto.
Otros gastos generales: Gastos asociados al registro de propiedad intelectual tales como solicitudes de patente y otras solicitudes de registro de derechos de propiedad industrial, y solicitudes de derechos de obtentor sobre variedades vegetales.
Operaciones internas por adquisición de servicios impresos y publicaciones: gastos para la publicación de resultados de investigación o para la compra de publicaciones que se realicen con la Editorial UN o entre facultades.
Operaciones internas sin contraprestación: Transferencias realizadas al interior de la Universidad, efectuadas entre facultades y/o sedes requeridas para el desarrollo de las actividades propuestas.
Operaciones internas sin contraprestación: transferencias realizadas al interior de la Universidad, efectuadas entre facultades y/o sedes requeridas para el desarrollo de las actividades propuestas.
Compra de equipo: equipos requeridos para el desarrollo del proyecto y programas de software especializados, los cuales, una vez adquiridos, formarán parte del inventario de la Universidad Nacional de Colombia.
Pago de aportes a ARL con un riesgo 5 de los miembros del equipo de investigación del proyecto y pago de impuestos bancarios por pago en divisa extranjera en contrataciones con instituciones extranjeras.
Notas:
● El presupuesto solicitado se debe registrar en el sistema de Información Hermes, seleccionando los rubros establecidos en el CCP de la Universidad Nacional de Colombia, teniendo en cuenta la equivalencia detallada en la tabla anterior.
Nota: Una vez seleccionada la propuesta, para su activación se requiere el registro del presupuesto por vigencias, detallando el valor por cada fuente de financiación.
● La financiación tendrá destinación específica y no podrá ser empleada en actividades diferentes a las aprobadas en el proyecto.
● La ejecución y la legalización presupuestal se llevarán a cabo de acuerdo con las disposiciones y la normativa vigente de la Universidad y de las instancias ejecutoras de cada sede involucrada en el proceso.
● La propiedad y ubicación de los equipos adquiridos, será definida mediante acuerdo escrito, al interior de cada proyecto y deberá constar obligatoriamente en la correspondiente orden de compra.
● Todo servicio, bien, licenciamiento, suscripción y/o implementación tecnológica e informática debe contar con el previo Visto Bueno de la instancia competente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1551 del 2014 de Rectoría del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia.
6. Requisitos mínimos para participar
● La alianza deberá contar con un docente de planta de la UNAL, como líder de la alianza a través del cual se realizará la asignación y ejecución de los recursos, en virtud del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario, quién será el responsable de diligenciar el formulario del proyecto establecido para tal fin en el Sistema de Información Hermes.
● La alianza deberá estar conformada por al menos tres actores del SIUN de las 9 sedes, que evidencien en la propuesta de alianza el trabajo intersedes e interdisciplinario.
● Los grupos de investigación que hagan parte de la alianza deberán estar registrados, encontrarse en estado activo y tener actualizada la información del grupo en el módulo «Grupos» del Sistema de Información Hermes.
● Los docentes investigadores de planta o especiales de la Universidad que hagan parte de la alianza deberán tener diligenciada y actualizada la Hoja de Vida docente en el Sistema de Información Hermes y estar al día con los compromisos adquiridos en relación con actividades o proyectos de investigación y creación artística financiados con recursos de la UNAL.
Nota: Los profesores especiales podrán ser parte del proyecto, siempre y cuando en el acto administrativo de vinculación tenga permitido realizar actividades de investigación y creación artística.
● La alianza deberá vincular estudiantes que estén matriculados en un programa académico de pregrado (Admisión Regular, PAET, PAES o PEAMA) o de posgrado que apoyen el desarrollo de actividades realizadas en el marco de la propuesta de alianza. El (la) estudiante deberá estar registrado con nombre y cédula en la sección de integrantes del proyecto.
● La alianza deberá vincular un semillero de investigación, creación artística, innovación, que se encuentre en estado activo en el módulo «Semilleros» del Sistema de Información Hermes. En caso de no contar con un semillero activo podrán crear el semillero como parte del desarrollo de la propuesta de alianza.
● La alianza podrá contar por lo menos con un actor externo nacional o internacional como aliado interinstitucional (grupo, institución, empresa, organización, entidad privada o pública, etc.).
● La propuesta deberá formular e implementar una estrategia de divulgación científica de los resultados del proyecto.
● La propuesta deberá especificar los roles, las responsabilidades y las actividades de quienes conformarán la alianza.
7. Documentos obligatorios
Los documentos se deberán adjuntar en formato PDF (el tamaño máximo por archivo es de 2 megabytes [MB]) en el Sistema de Información Hermes:
● Carta de compromiso firmada por los actores que integran la alianza, especificando la sede y la dependencia a la que pertenece cada actor y el docente que ejercerá como líder responsable.
● Carta de contrapartida del nivel sede o facultad que forman parte de la alianza, en la que certifique el compromiso del aporte de recursos en efectivo por parte de la alianza, que debe ser mínimo del 30 % del valor total solicitado, tal como se indica en el numeral 5 de estos términos de referencia.
● Carta de la unidad académica básica (UAB), centro o instituto al que se encuentran adscritos los docentes que forman parte de la alianza: en la cual se certifique que contarán con el tiempo requerido para el desarrollo de las actividades, especificando las horas de jornada docentes que dedicará al proyecto.
● Carta de intención de participación del aliado externo, cuando aplique, en la que manifiesten el interés del trabajo colaborativo, los compromisos que asumirán las partes y los apoyos o contrapartidas ya sean en recursos en especie o en efectivo que van a asumir.
● En caso de que se contemple la compra de equipo(s) en la propuesta, debe establecerse un acuerdo de propiedad y ubicación de los equipos adquiridos y acordarse un plan de sostenibilidad con la sede donde quedará(n) ubicado(s).
● Los documentos adicionales que los proponentes consideren pertinentes para suministrar a los pares evaluadores la información necesaria para la correcta valoración de la propuesta. Si la propuesta incluye tablas, fórmulas, gráficos o fotografías deberán adjuntarse en formato PDF (el tamaño máximo por archivo es de 3 megabytes [MB]) mediante la opción disponible al final del formulario de inscripción en el Sistema de Información Hermes.
8. Procedimiento para la selección de los proyectos
8.1. Verificación del cumplimiento de requisitos y documentación requerida
Las direcciones de Investigación y Extensión o las vicedecanaturas de Investigación y Extensión (o la(s) dependencia(s) que haga(n) sus veces, según la estructura de cada sede) será(n) la(s) responsable(s) de la verificación del cumplimiento de los requisitos y la documentación exigida en los términos de referencia de la convocatoria. Este procedimiento se realizará a través del Sistema de Información Hermes y podrá ser consultado por los participantes.
8.2. Aclaraciones
Una vez publicadas las propuestas que cumplan con los requisitos y documentación exigida, se iniciará la etapa de solicitud de aclaraciones que debe ser tramitada exclusivamente a través del Sistema de Información Hermes, de acuerdo con los siguientes plazos:
● Los participantes tendrán tres (3) días hábiles para presentar aclaraciones o subsanación de documentación
● Las dependencias responsables del proceso de verificación de requisitos responderán las solicitudes en un plazo de hasta cuatro (4) días hábiles después de recibidas.
Las solicitudes recibidas por fuera de las fechas definidas en el cronograma de la presente convocatoria se considerarán extemporáneas, serán rechazadas y no serán tenidas en cuenta en el proceso de evaluación.
8.3. Evaluación de las propuestas
Las propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos y la documentación exigida para la presente convocatoria continuarán a la fase de evaluación, la cual se realizará dando cumplimiento a lo establecido en el Capítulo VI, Artículo 16 de la Resolución 17 de 2024 de la Vicerrectoría de Investigación.
La búsqueda y designación de los evaluadores se realizará con el apoyo de las direcciones de Investigación y Extensión de Sede y de las Vicedecanaturas de Investigación y Extensión de Facultad (o las dependencias que hagan sus veces), garantizando que no existan casos de incompatibilidad, dando cumplimiento a lo establecido en el Capítulo VIII, Artículo 26 de la Resolución 17 de 2024 de la Vicerrectoría de Investigación.
Las evaluaciones presentarán calidad de inapelables, serán registradas a través del Sistema de Información Hermes y estarán disponibles para consulta de los docentes responsables de los proyectos. Los puntajes obtenidos serán ordenados de manera descendente y serán considerados para la selección los que obtengan una calificación igual o superior a 80 puntos sobre 100.
En caso de que haya una diferencia superior a 30 en los puntajes obtenidos por un proyecto en las dos evaluaciones, se deberá realizar una tercera evaluación, siempre y cuando una de las evaluaciones sea igual o superior a 80 puntos. El puntaje asignado a cada proyecto será el promedio aritmético de las dos (2) evaluaciones más cercanas.
Criterios de evaluación
Los proyectos que cumplan con la totalidad de los requisitos y la documentación exigida en la convocatoria se someterán al proceso de evaluación bajo los siguientes criterios:
Criterio
Valoración
(en puntos)
a. Calidad del proyecto
30
● Coherencia entre el problema planteado, la justificación, metodología, plan de actividades, presupuesto y los resultados esperados, para cumplir el objetivo propuesto
10
● Coherencia entre el objetivo general y los objetivos específicos planteados (claros, medibles y alcanzables)
10
● Relevancia, pertinencia y alcance de la propuesta
10
b. Articulación entre los diferentes actores del SIUN (Investigadores, grupos, centros e institutos)
● Se identifica el trabajo colaborativo intersedes de los diferentes actores del SIUN
● Se evidencia el aporte e intercambio de conocimiento entre varias disciplinas para abordar el problema planteado en la propuesta
● En aportes de nuevo conocimiento en los campos de estudio
30
c. Articulación con actores externos
● Se identifica el trabajo interinstitucional en la alianza con la participación de actores externos, su contribución y compromisos
10
d. Aportes que contribuyen a la atención de las necesidades territoriales, nacionales o globales
● Se identifica y se justifica el aporte o contribución para la solución del problema planteado y la generación de resultados significativos para la universidad y los territorios
20
e. Estrategia para la formación en investigación de estudiantes de pregrado o posgrado y semilleros.
10
8.4. Selección de las propuestas
La Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios con el apoyo de las Direcciones de Investigación y Extensión de las Sedes (o las dependencias que hagan sus veces en las sedes de presencia nacional), designarán un comité de selección de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VI, Artículo 19 de la Resolución 17 de 2024 de la Vicerrectoría de Investigación.
Para la selección de las propuestas beneficiarias de la convocatoria, se tendrán en cuenta:
● Los conceptos y puntajes asignados en el proceso de evaluación, ordenados de manera descendente por cada una de las sedes.
● Los proyectos cuya calificación sea igual o superior a 80 puntos sobre 100.
● De cada lista resultante por sede, se seleccionarán por la posición obtenida, en orden descendente (las primeras propuestas, las segundas, las terceras, etc. de cada sede), garantizando cobertura de todas las sedes participantes, hasta agotar los recursos disponibles.
En caso de empate, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
● La que tenga mayor puntaje en el criterio b. Articulación entre los diferentes actores del SIUN (Investigadores, grupos, centros e institutos)
● La que tenga mayor puntaje en el criterio c. Articulación con actores externos.
● La que tenga mayor puntaje en el criterio d. Aportes que contribuyen a la atención de las necesidades territoriales, nacionales o globales
En caso de quedar recursos disponibles u obtener recursos adicionales, se podrá dar apertura a nuevos cortes para la presente convocatoria o reasignarlos a otras convocatorias.
El comité de selección podrá conformar un banco de financiables con aquellas alianzas que, a pesar de cumplir con los criterios de selección y tener una calificación con un puntaje igual o mayor a 80 puntos y que por falta de disponibilidad presupuestal no alcancen a ser financiadas con los recursos disponibles en la convocatoria. Estas alianzas podrán ser beneficiadas con recursos adicionales de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de alguno de los niveles aportantes.
8.5. Publicación de ganadores
La lista definitiva de los proyectos ganadores será generada a través del Sistema de Información Hermes y publicada en el portal de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia.
9. Compromisos y productos esperados
● El (la) docente líder de la alianza deberá garantizar la calidad, la excelencia y la pertinencia académica en la coordinación, ejecución y terminación del proyecto y de sus productos, así como asumir las responsabilidades administrativas a que haya lugar, de conformidad con el acta de inicio del proyecto.
● La activación y ejecución de los proyectos que sean aprobados será a través del Sistema de Información Hermes y se realizará de acuerdo con los «Lineamientos para la activación, ejecución y seguimiento financiero de los proyectos de investigación, tanto de convocatorias internas como de financiación externa».
● Como requisito para generar el acta de inicio, los proyectos seleccionados deberán entregar el aval ético en el que se mencione claramente que el proyecto ha sido revisado y avalado en sus componentes éticos. El aval ético puede ser tramitado a través del sistema de información Hermes. Consultar el siguiente instructivo: http://www.hermes.unal.edu.co/pages/html/descargas/instructivo.xhtml?id=241
● Tramitar, en caso de que el proyecto a desarrollar lo requiera, los permisos ambientales (recolección de especímenes, consulta previa, acceso a recurso genético y/o productos derivados, e importación/exportación de especímenes).
● Para las alianzas que cuenten con la participación de una entidad externa, las partes definirán sus compromisos y aportes a través de un acuerdo de voluntades, de conformidad con lo establecido en el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia.
● Tener en cuenta la Resolución 175 de 2016 de Rectoría, por la cual se actualizan los elementos de identidad visual de la Universidad Nacional de Colombia, y el manual de imagen institucional de la Universidad, en todas las actividades que lo requieran.
● Presentar a través del Sistema de Información Hermes un informe semestral de avance de ejecución de actividades y un informe final técnico y presupuestal en las fechas establecidas en el acta de inicio del proyecto. Se espera que a la mitad del tiempo de la ejecución del proyecto se haya ejecutado por lo menos el 50% de los recursos financiados.
● Presentar como mínimo los siguientes productos académicos:
o Un artículo sometido o aceptado para publicación o publicados en revista científica indexada, que estén directamente relacionados con los resultados del proyecto de alianza y en los que se de créditos a la Universidad Nacional de Colombia de acuerdo con la Resolución 712 de 2015 de la Rectoría.
o Dos productos de formación de acuerdo con el anexo de productos XXXXXX
o Un producto relacionado con la divulgación científica de actividades de investigación.
o Un producto de apropiación social
Para los proyectos de creación artística: podrán presentar obras de creación (en arquitectura, en diseño, en música, en artes plásticas y visuales, en artes escénicas) que se encuentren validadas o en proceso de validación por una instancia interna o externa a la Universidad (ejemplos: concursos, jurados, curadurías, comités de selección, etc.).
Nota: Los certificados, entregables o evidencias del cumplimiento de cada uno de los productos mínimos establecidos deberán ser registrados en el sistema de Información Hermes, como parte del informe final del proyecto.
10. Consideraciones adicionales
● La ejecución financiera de esta convocatoria se hará a través de la Unidad de Gestión de Investigación (UGI) del nivel de sede o de facultad a la que pertenece el líder de la alianza. La legalización de los recursos adjudicados se deberá realizar de acuerdo con la normativa vigente de la Universidad.
● La activación de las propuestas en el Sistema de Información Hermes se realizará una vez se cuente con disponibilidad presupuestal en el año 2026. A partir de la notificación de emisión del acta de inicio, el (la) responsable/director(a) del proyecto tendrá un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles para aprobarla a través del Sistema de Información Hermes; de esta forma, se dará por legalizada y se iniciará la ejecución de la propuesta.
● La responsabilidad del seguimiento técnico y financiero de los proyectos estará a cargo de la Dirección de Investigación y Extensión o la Vicedecanatura de Investigación y Extensión (o la(s) dependencia(s) que haga(n) sus veces, según la estructura de cada sede) a la que pertenece el (la) docente responsable del proyecto, y será la encargada de autorizar las modificaciones presupuestales, de contenido, prórrogas del proyecto, siempre y cuando se mantenga el cumplimiento de los términos de referencia y se encuentren debidamente justificadas y tramitadas a través del Sistema de Información Hermes
● Las solicitudes de modificación presupuestal, de contenido de la propuesta y las prórrogas podrán ser autorizadas por la instancia responsable del seguimiento técnico y financiero, siempre y cuando se mantenga el cumplimiento de los términos de referencia y se encuentren debidamente justificadas. Para las solicitudes de modificación se deberá tener en cuenta lo siguiente:
o No se permitirán modificaciones del objetivo general de cada propuesta, con el fin de no afectar el planteamiento y finalidad principal del trabajo a desarrollar.
o Las solicitudes de modificación que deberán contar con visto bueno del cuerpo colegiado de la Dirección de Investigación y Extensión o la Vicedecanatura de Investigación y Extensión (o la(s) dependencia(s) que haga(n) sus veces, según la estructura de cada sede) en el cual se ejecuta la propuesta son: (i) de modificación del contenido de la propuesta y (ii) las solicitudes de prórroga que excedan los seis meses máximo permitidos (numeral 5c) inicialmente para la ejecución de la propuesta.
o Las solicitudes de modificación y las prórrogas deberán tramitarse antes de la fecha de finalización de la propuesta establecida en el acta de inicio y realizarse a través del Sistema de Información Hermes de acuerdo con los «Lineamientos para la activación, ejecución y seguimiento financiero de los proyectos de investigación, tanto de convocatorias internas como de financiación externa».
● En caso de incumplimiento de los compromisos adquiridos, el (la) responsable del proyecto quedará inhabilitado(a) para participar en convocatorias del Sistema de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia mientras no se encuentre a paz y salvo.
● El aval del informe final será emitido por la instancia responsable del seguimiento del desarrollo del proyecto. Solo de esta forma quedará a paz y salvo con el Sistema de Información HERMES de la Universidad Nacional de Colombia.
● Los recursos no ejecutados en esta convocatoria deberán ser devueltos según sea el caso, a los niveles aportantes en las proporciones en que se otorgaron, en un plazo no mayor a tres (3) meses. Los costos financieros de este traslado deberán ser asumidos por la unidad ejecutora.
11. Propiedad intelectual
La titularidad y gestión de los derechos de propiedad intelectual que se generen o puedan generarse sobre productos derivados de actividades desarrolladas por las alianzas que resulten beneficiarias de la presente convocatoria se regirá por lo establecido en el Acuerdo 035 de 2003 del Consejo Académico, y por la normativa comunitaria y nacional aplicable.
En los casos en los cuales las alianzas que resulten beneficiarias de la presente convocatoria busquen desarrollar actividades de investigación, creación artística e innovación en colaboración con terceros, deberán gestionar la suscripción previa de acuerdos de voluntades que definan, entre otros, la titularidad y gestión de los derechos de propiedad intelectual que se generen o puedan generarse sobre productos derivados de la colaboración entre las alianzas beneficiarias y los terceros. Las condiciones a pactar en estos acuerdos de voluntades deberán incluir, entre otras, las siguientes:
a) La titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre los productos derivados del desarrollo actividades de investigación, creación artística e innovación enmarcadas en la presente convocatoria deberá definirse de acuerdo con los aportes intelectuales, económicos y en especie, privilegiando en todo caso los aportes intelectuales.
b) Las alianzas beneficiarias y los terceros colaboradores deberán divulgar, la propiedad intelectual existente de manera previa al desarrollo de actividades de investigación, creación artística e innovación enmarcadas en la presente convocatoria y que vaya a ser utilizada en el desarrollo de dichas actividades.
c) Las alianzas beneficiarias y los terceros colaboradores propenderán porque las personas naturales vinculadas al desarrollo de actividades de investigación, creación artística e innovación hagan uso de instrumentos que permitan hacer seguimiento a los aportes intelectuales asociados a los productos derivados de dichas actividades, como bitácoras, cuadernos de laboratorio, actas, y demás instrumentos que se consideren pertinentes para tal fin. Adicional a lo anterior, las alianzas beneficiarias y los terceros colaboradores propenderán porque los aportes en especie sean debidamente certificados por las dependencias competentes.
d) En los casos en los cuales se identifique, de manera preliminar, que las actividades de investigación, creación artística e innovación cobijadas por la presente convocatoria puedan dar lugar a creaciones susceptibles de protección por derechos de propiedad industrial, las alianzas beneficiarias y los terceros colaboradores deberán pactar acuerdos de confidencialidad cuya aplicación se extienda a las diferentes personas naturales vinculadas al desarrollo de dichas actividades, con el objetivo de conservar la novedad de posibles solicitudes de derechos de propiedad industrial. El cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad por parte de las alianzas beneficiarias y los terceros colaboradores permanecerá vigente hasta que la dependencia institucional competente, identificando que la creación es susceptible de protección por derechos de propiedad industrial y que es pertinente su protección en la medida en que existen fundamentos que respaldan la viabilidad de su transferencia con o sin ánimo de lucro, radique la solicitud de derechos de propiedad industrial ante la Superintendencia de Industria y Comercio. En caso de que la dependencia institucional competente determine que la protección de la creación no es jurídicamente posible o no es pertinente en la medida en que su transferencia no es viable, las alianzas beneficiarias y los terceros colaboradores podrán dar por finalizadas las obligaciones de confidencialidad asociadas a los productos de las actividades de investigación, creación artística e innovación cobijadas por la presente convocatoria, salvo que existan motivos adicionales que ameriten mantener dichas obligaciones por un tiempo adicional.
En los casos en los cuales existan estudiantes vinculados a las alianzas beneficiarias de la presente convocatoria que, en el marco del alcance de dicha convocatoria, realicen actividades asociadas a sus trabajos de grado y tesis de maestría y doctorado, conservarán la titularidad de los derechos patrimoniales de autor sobre sus trabajos de grado y tesis de maestría y doctorado, en los términos del artículo 24 del Acuerdo 035 de 2003 del Consejo Académico, sin perjuicio de acuerdos de voluntades que se hayan suscrito con terceros colaboradores. De cualquier forma, la Universidad Nacional de Colombia, a través de las alianzas beneficiarias, podrá hacer uso de los datos derivados de dichas actividades con fines asociados a la creación y divulgación de los productos de investigación de la presente convocatoria.
12. Autorización de uso de datos personales
Para todos los efectos legales, la presentación, inscripción o registro de la propuesta, de forma inequívoca y exclusivamente para los fines de la presente convocatoria, implica obligatoriamente la autorización expresa del titular de información para el tratamiento de sus datos personales por parte de la UNAL.
El (la) docente de planta que presente, inscriba o registre la propuesta declara que ha recibido autorización expresa de todas las personas naturales y jurídicas vinculadas a esta propuesta, para suministrar las informaciones a que hace referencia la ley de manejo de datos, comprometiéndose a responder ante la UNAL por cualquier demanda, litigio presente o eventual, reclamación judicial o extrajudicial, formulada por cualquiera de las personas naturales o jurídicas vinculadas a la propuesta. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 «Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales» y la Resolución 207 de 2021 de la Rectoría que establece la Política de tratamiento de datos personales de la Universidad Nacional de Colombia.
13. Incompatibilidades
● Un(a) docente podrá presentar hasta una única propuesta a esta convocatoria en calidad de docente líder de la alianza. En caso de presentar más de una propuesta, deberá definir con cual participará, una vez finalice la etapa de verificación de requisitos.
● Los docentes de la sede Bogotá podrán presentar de manera simultánea propuestas de investigación a la Convocatoria para el fortalecimiento de alianzas transdisciplinarias de investigación y creación artística de la Sede Bogotá de La Universidad Nacional de Colombia, 2025-2027, sin embargo, en caso de que le sean aprobadas, sólo se financiará una de ellas. El docente responsable podrá escoger para cuál de ellas quiere la financiación.
● Un estudiante no podrá participar en más de una propuesta en esta convocatoria
● La presente convocatoria se regirá por el régimen de incompatibilidades establecido en el Artículo 26 de la Resolución 17 de 2024 de la Vicerrectoría de Investigación, que establece:
o Las personas que participen en esta convocatoria no podrán ser designadas dentro de ella como evaluadores, integrantes de la mesa de evaluadores o como miembros del comité responsable de seleccionar las propuestas ganadoras. De igual modo, tampoco podrán tener a su cargo la elección o designación de los evaluadores o de los integrantes de la mesa de evaluadores.
Asimismo, no podrán presentar propuestas a una convocatoria los integrantes de las dependencias responsables del diseño de sus términos de referencia, ni quienes tengan a su cargo la ordenación del gasto de investigación y/o extensión en el nivel de la Universidad Nacional de Colombia que dé apertura a la convocatoria
o Cada evaluador(a) debe estar libre de conflictos de intereses durante el proceso. De no ser así, estará obligado(a) a expresar su impedimento, en cuyo caso se procederá a designar a un(a) nuevo(a) evaluador(a).
14. Cronograma
Actividad
Fecha límite
Apertura de la convocatoria
1 de febrero de 2026
Cierre de inscripciones en el Sistema Hermes
6 de abril
Verificación de requisitos
7 al 13 de abril
Publicación preliminar de propuestas que cumplen con requisitos
14 de abril
Período para aclaraciones o reclamaciones
15 - 17 de abril
Respuesta a aclaraciones o reclamaciones
20 al 23 de abril
Publicación definitiva de propuestas que cumplen requisitos
24 de abril
Proceso de evaluación
27 de abril al 10 de julio
Proceso de Selección
13 al 17 de julio
Publicación de ganadores
22 de julio
15. Más información
En caso de inquietudes acerca de los términos de referencia, por favor, comuníquese con:
● Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios: gestiondnil_nal@unal.edu.co
● Dirección de Investigación y Extensión Sede Bogotá: dieb_bog@unal.edu.co
● Dirección de Investigación y Extensión Sede Medellín: dirinvext_med@unal.edu.co
● Dirección de Investigación y Extensión Sede Manizales: dima_man@unal.edu.co
● Dirección de Investigación y Extensión Sede Palmira: investigacion_pal@unal.edu.co
● Dirección de Investigación y Extensión Sede De La Paz: dirinvexdelapaz@unal.edu.co
● Coordinación de Investigación y Extensión Sede Caribe: inves_caribe@unal.edu.co
● Instituto Amazónico de Investigaciones Sede Amazonía: insinv_ama@unal.edu.co
● Instituto de Estudios de la Orinoquía Sede Orinoquia: investigacion_ori@unal.edu.co
● Instituto de Estudios del Pacifico Sede Tumaco: direccioniep_tum@unal.edu.co
Para consultas sobre el formulario de inscripción del Sistema de Información Hermes, por favor, escriba al correo electrónico hermes@unal.edu.co.
[1] Clase: Abierta; Tipo: Nivel Nacional